El pasado 24 de noviembre se expidió el decreto 2242/2015, cuya normatividad pretende alcanzar la masificación de esta herramienta que permitirá impulsar el desarrollo y la economía del país, haciendo empresas más eficientes y que actualmente se encuentra en etapa de reglamentación donde, en las próximas semanas se conocerán los detalles técnicos como, definición del estándar XML, requisitos para los pilotos y el listado de empresas obligadas con su fecha de implementación, entre otros.
Las principales características de la facturación electrónica establecidas en la nueva normatividad son:
- Los documentos tributarios electrónicos (DTE) definidos por el momento serán Factura de Venta, Nota Crédito y Nota Debito, las cuales deben estar un formato estándar XML y su representación gráfica en formato tipo PDF. Por ejemplo, una factura electrónica que reciba un cliente de determinada empresa deberá tener dos archivos uno en XML y otro en PDF. El archivo XML usualmente lo leen los sistemas de información y el PDF es el similar a la factura física escaneada.
- Existirá un mecanismo de validación del XML de cada DTE por la DIAN, es decir, las compañías deberán enviar a la DIAN el XML de cada DTE en línea pero no en tiempo real.
- Cada DTE debe tener incluido un mecanismo de certificado/firma digital o electrónica del emisor o del proveedor tecnológico para asegurar la autenticidad, integralidad y no repudio, el cual debe ser adquirido a través de las entidades autorizadas.
- Se establecen las características de los proveedores tecnológicos, quienes son empresas especializadas en el proceso de emisión desde la generación hasta la entrega, aceptación y rechazo de los DTEs de los clientes de las compañías, así como la recepción de DTEs de parte de sus proveedores. Estos proveedores tecnológicos serán certificados y autorizados por la DIAN.
- La proyección de la DIAN es que cerca de 25.000 empresas estén obligadas a implementar la facturación electrónica durante 2016 y 2017, aunque está la opción que compañías de manera voluntaria lo puedan desarrollar con base en las prácticas y beneficios operativos, logísticos, tributarios y comerciales que han tenido las empresas en Colombia y en otros países de la región. Para cualquiera de estas dos opciones las empresas deberán solicitar a la DIAN la Resolución de Facturación Electrónica correspondiente y cuando inicie su aplicación no podrán convivir con otras modalidades.
- Se tendrá como requisito la creación de esquemas de recepción, aceptación o rechazo de los diferentes tipos DTEs.
- La factura electrónica es una factura de venta por lo tanto está alineada con el estatuto tributario y debe cumplir los requisitos correspondientes.
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